TRAMITES

Formulario de Regalías

Inscripción/Reinscripción de minas o canteras

Formularios y requisitos para trámites en el Juzgado Administrativo de Minas

Inscripción Registro de Productores Mineros

Formulario de Regalías

  • Res. 1641-DPR-2023 – Aprueba el servicio web «Derechos de explotación de minerales», disponible en el sitio web, www.rentasjujuy.gob.ar y Formularios de DDJJ de Derechos de Explotación de Minerales (regalías): F-0239 «Planilla de venta de mineral», F-0240 «Planilla de Ingresos», F-0241 «Planilla de Egresos» F-0242 Declaración Jurada Mensual y F-0238-A y F-0238-B «Planilla de Producción». Publicada en el Boletín Oficial N°20 del 15/02/2023.
  • Tutorial Derecho de Explotación de Minerales

Inscripción/Reinscripción de minas o canteras

Inscripción/Reinscripción de minas o canteras

IMPORTANTE: El periodo de reinscripción esta habilitado el 1er bimestre de cada año

Con el motivo de formalizar la reinscripción deben presentar lo siguiente:

  • Nota de solicitud dirigida al Sr. Director Ing. José Gómez, realizada por el Titular de la/s Mina/s y/o Cantera/s, o en su defecto por su Apoderado, quien junto a la Nota, adjuntara el respectivo Poder actualizado, realizado ante Escribano Publico.
  • Formulario de Solicitud de Reinscripción, con la información requerida, sellado con el monto por cada Mina o Cantera, y con el sellado de actuación por el formulario, en la Dirección Provincial de Rentas, según Ley Impositiva de la Provincia de Jujuy vigente.
  • Certificado de Titularidad del estado vigente de la/s Mina/s o Cantera/s, expedido por la Escribana del Juzgado Administrativo de Minas, o fotocopia autenticada de la misma.
  • La presentación de la Documentación será efectuada por el Titular de la/s Mina/s o Cantera/s, o Apoderado designado, en forma personal en Mesa de Entradas de la Dirección.

 Formulario de Inscripción en el Registro de Productores Mineros

Formularios y requisitos para trámites en el Juzgado Administrativo de Minas

Formularios y requisitos para trámites en el Juzgado Administrativo de Minas

Toda solicitud minera debe acreditar a la fecha de su presentación, cumplimiento de los requisitos fiscales nacionales y/o provinciales, los que se abonan en la Dirección Provincial de Rentas de Jujuy:

  1. Tasa General de Actuación conforme Ley Impositiva Nº 6257, Anexo V, Art. 2: $150 con vigencia anual. Abonan todas las solicitudes mineras.
  2. Tasa retributiva de servicio conforme Ley Impositiva Nº 6257, Anexo V, Art. 9.B con vigencia anual: Se abona conforme la superficie solicitada, por unidad de medida (cateos), pertenencia (mina), hectárea (canteras, servidumbres mineras) o kilómetro cuadrado (exploración desde aeronaves). Abonan todas las solicitudes mineras.
  3. Canon minero: La solicitud de Mina Vacante debe acreditar el pago de canon minero correspondiente a los últimos 3 semestres adeudados, que provocará la caducidad de la mina, conforme Arts. 216 y 219 del Código de Minería.
  4. Canon provisional: La solicitud de permiso de exploración o Cateo abona canon provisional conforme Art. 215 del Código de Minería, según las unidades de medida solicitadas (1 U.M. = 500 ha).

Inscripción Registro de Productores Mineros

Inscripción Registro de Productores Mineros